Defensa de la Competencia - Lealtad Comercial
Novedad Legal
Actualización de
umbrales de notificación y multas para 2020
La Resolución Nº 13/2020 de la Secretaria de Comercio Interior del Ministerio
de Desarrollo Productivo, publicada el 27 de enero de 2020 en el Boletín
Oficial y con vigencia a partir del 28 de enero, modificó el valor de la unidad
móvil (“UM”) definida en el artículo 85 de la Ley Nº 27.442 de Defensa de la
Competencia (la “Ley”).
La UM es utilizada para calcular una serie de valores establecidos en la Ley.
En particular, es de especial importancia para determinar si una operación de
concentración económica es o no de notificación obligatoria.
Inicialmente se estableció que la UM era equivalente a $20, siendo
posteriormente actualizada a $26,40 por la Resolución Nº 145/2019. A través de
la Resolución Nº 13/2020, el valor de la UM se actualiza a $40,61.
En consecuencia, actualmente las operaciones de concentración económica
resultan notificables si el volumen de negocios en Argentina del grupo
adquirente y la compañía objeto en el último ejercicio económico supera los
$4.061.000.000. Por otro lado, la exención de notificación del artículo 11
inciso e) de la Ley resultará aplicable cuando el monto de la operación y el
valor de los activos situados en la República Argentina que se absorban,
adquieran, transfieran o se controlen no superen cada uno de ellos la suma de
$812.200.000, en la medida en que no se hubieren realizado operaciones en el
mismo mercado en los últimos 12 meses en exceso de dicho valor, o el de
$2.436.600.000 en los últimos 36 meses.
Por otro lado, el tope de las multas por conductas prohibidas cuando no es
posible determinar el volumen de negocio de las empresas involucradas y el
beneficio económico reportado por el acto ilícito cometido (artículo 55 inciso
b) de la Ley) se incrementó de $5.280.000.000 a $8.122.000.000.
Finalmente, el monto de las multas que se pueden imponer conforme el régimen de
lealtad comercial aprobado por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2019
(artículo 57) se incrementó de $264.000.000 a $406.100.000.
En caso de necesitar mayor información no dude en ponerse en contacto con Marcelo
den Toom y/o Gabriela Castillo Areco.