COVID - 19 - Autorización de traslados excepcionales de carácter sanitario y/o humanitario de abastecimiento - Resolución 90/2020
AUTORIZACIÓN DE TRASLADOS EXCEPCIONALES DE CARÁCTER SANITARIO Y/O HUMANITARIO Y/O DE ABASTECIMIENTO– Resolución 90/2020
La Subsecretaría de Transporte Automotor dio tratamiento normativo a los traslados internos de ciudadanos nacionales fundados en razones humanitarias o de abastecimiento.
Para ello, dicha Subsecretaría dispuso dos
procedimientos diferenciando aquellos traslados solicitados para atender
obligaciones laborales y/o servicios expresamente excluidos del aislamiento social,
preventivo y obligatorio, de aquéllos traslados fundados en razones
humanitarias.
1. Para el traslado de trabajadores pertenecientes a actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio:
a) La empresa peticionante solicitará el traslado a una transportista habilitada para realizar servicios de transporte automotor en jurisdicción nacional, indicando fecha y hora del traslado, cantidad y datos de las personas a transportar, origen, destino y paradas del servicio.
b) Esta nota deberá contener una declaración jurada informando el carácter de trabajadores esenciales.
c) En el caso de las actividades reguladas por el Estado Nacional cuyos organismos jurisdiccionales hubiesen implementado métodos simplificados de certificación, las constancias emitidas por éstos suplirán a la solicitud del punto anterior.
d)
La transportista
contratada deberá informar la solicitud al sitio de internet [email protected].
2. Para el traslado de ciudadanos argentinos o extranjeros residentes en la República Argentina que se peticione por razones humanitarias:
a) Se deberá dirigir una solicitud a la Subsecretaría De Transporte Automotor firmada por la autoridad pública (intendente o gobernador) del punto de origen del traslado, indicando fecha y hora del traslado, cantidad y datos de las personas a transportar, origen, destino y paradas del servicio. Esta nota además deberá acreditar que quienes serán trasladados son argentinos o extranjeros y los motivos del traslado solicitado.
b) A su vez, deberá dejarse expresa constancia de que los pasajeros han sido evaluados respecto de su estado de salud, en lo que refiere al COVID-19 CORONAVIRUS.
c) También deberá acompañarse nota de la autoridad pública de destino prestando conformidad al traslado.
d)
Se deberá
contratarse a una transportista habilitada para realizar servicios de
transporte automotor en jurisdicción nacional. La transportista contratada
deberá informar la solicitud al sitio de internet [email protected]
En ambos casos la Subsecretaría de Transporte
Automotor analizará la documentación y emitirá la autorización, la cual deberá
llevarse a lo largo de todo el traslado.