Sociedad simplificada por acciones. Inspección General de Justicia
SOCIEDAD SIMPLIFICADA
POR ACCIONES. INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.
El 4 de mayo se publicó en el Boletín Oficial la resolución general Nº 20/2020
de la Inspección General de Justicia que dispone: (i) que los administradores
de las Sociedades por Acciones Simplificada, domiciliados en el extranjero,
sólo podrán otorgar poderes a favor de otros miembros del órgano de
administración que residan en la República Argentina para representarlos como
tales; y (ii) la obligatoriedad de inscripción en el Registro Público de los
poderes otorgados a favor de los representantes locales. Asimismo, dispone que
se objetará la inscripción de poderes generales de administración y disposición
de bienes sociales.
La resolución entró en vigencia el día de su publicación.
En caso de necesitar mayor información, no dude en contactarse con Patricio
A. Martin, Florencia Pagani y/o Lucila
Primogerio.