Sociedad simplificada por acciones. Inspección General de Justicia

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SOCIEDAD SIMPLIFICADA POR ACCIONES. INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

El 4 de mayo se publicó en el Boletín Oficial la resolución general Nº 20/2020 de la Inspección General de Justicia que dispone: (i) que los administradores de las Sociedades por Acciones Simplificada, domiciliados en el extranjero, sólo podrán otorgar poderes a favor de otros miembros del órgano de administración que residan en la República Argentina para representarlos como tales; y (ii) la obligatoriedad de inscripción en el Registro Público de los poderes otorgados a favor de los representantes locales. Asimismo, dispone que se objetará la inscripción de poderes generales de administración y disposición de bienes sociales.

La resolución entró en vigencia el día de su publicación.

En caso de necesitar mayor información, no dude en contactarse con Patricio A. Martin, Florencia Pagani y/o Lucila Primogerio.