Restricciones Cambiarias

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RESTRICCIONES CAMBIARIAS

El 8 de mayo de 2020, el Banco Central de la República Argentina emitió la Comunicación “A” 7006 mediante la cual se estableció que se requerirá la conformidad previa de dicha entidad para acceder al mercado de cambios para la formación de activos externos, remisión de ayuda familiar y pago de derivados o para la venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o para su transferencia a otras entidades depositarias por parte de:

(i) micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) que hayan obtenido financiaciones en pesos a una tasa de interés nominal anual de hasta el 24%, en los términos de la Comunicación citada, hasta su total cancelación; y

(ii) entidades financieras y proveedores no financieros de crédito que hayan recibido asistencia crediticia destinada a otorgar financiaciones a MiPyMEs en las condiciones descriptas en el punto anterior.

En caso de necesitar mayor información, no dude en contactarse con María Victoria Funes, Fermín Caride y/o Lucía Carro