COVID - 19 - Prórroga de prohibición de despidos y suspensiones – DNU 487/2020
Prórroga de prohibición de despidos y
suspensiones – DNU 487/2020
El Poder Ejecutivo prorrogó por sesenta días adicionales la prohibición de despidos y suspensiones dispuesta por el DNU 329/00.
De este modo, continuará hasta el 29 de julio de 2020 la prohibición de
despidos (i) sin causa justificada; (ii) por causales de falta o disminución de
trabajo; y (iii) por causa de fuerza mayor.
También continuará por igual plazo la prohibición de suspensiones por
las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.
Quedan exceptuadas de la prohibición las suspensiones efectuadas en los
términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (procesos que
requieren la homologación por parte del Ministerio de Trabajo y un acuerdo
previo con asociaciones sindicales)
De no mediar acatamiento a estas medidas, se considerará que los
despidos o suspensiones implementadas no
producirán efectos legales, manteniéndose vigentes las relaciones laborales
existentes y sus condiciones.
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