Clubes de campo y conjuntos inmobiliarios, inspección general de justicia
CLUBES DE CAMPO Y
CONJUNTOS INMOBILIARIOS. INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
El 20 de mayo se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 25/2020
de la Inspección General de Justicia que otorga un plazo de 180 días desde la
publicación de la Resolución para que los clubes de campo y los conjuntos
inmobiliarios que se hayan organizado bajo forma de sociedad, se adecuen a la
normativa prevista en el Código Civil y Comercial respecto del derecho real de
propiedad horizontal.
Luego de realizar la adecuación en el registro inmobiliario correspondiente, se
podrá cancelar la inscripción registral de la sociedad, siempre que se acredite
la inexistencia de pasivos o su asunción por parte del consorcio de
propietarios.
El organismo podrá aplicar sanciones a los administradores y síndicos por la
falta de adecuación, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Asimismo, no inscribirán actos societarios de las sociedades indicadas.
La Resolución entra en vigencia el día de su publicación.
En caso de requerir mayor información, no dude en contactarse con Patricio
A. Martin, Florencia Pagani y/o Lucila
Primogerio.