COVID - 19 - Levantamiento feria extraordinaria judicial en determinadas jurisdicciones - Acordada Nº 19/2020

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ACORDADA Nº 19/2020 -LEVANTAMIENTO FERIA EXTRAORDINARIA JUDICIAL EN DETERMINADAS JURISDICCIONES

A partir de las solicitudes de distintas Cámaras federales y Tribunales orales federales por cumplir con las condiciones y requisitos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó dispones el levantamiento de la feria extraordinaria judicial de las jurisdicciones que a continuación se detallan.

1)         Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

2)         Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz

3)         Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia

4)         Juzgado Federal de Ushuaia

5)         Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza

6)         Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan

7)         Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis

8)         Juzgado Federal de Mendoza Nº 1

9)         Juzgado Federal de Mendoza Nº 2

10)       Juzgado Federal de Mendoza Nº 3

11)       Juzgado Federal de Santa Rosa

12)       Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Rioja

13)       Juzgado Federal de San Francisco

14)       Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Catamarca

15)       Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán (A partir del 16 de junio)

16)      Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe

 

En las jurisdicciones en las que solamente se haya levantado la feria para los Juzgados y Tribunales Orales Federales, y no para las Cámaras, en materia recursiva las Cámaras de dichas jurisdicciones evaluarán lo que consideren pertinente sobre el tratamiento.

Las autoridades de los Tribunales, Cámaras y Juzgados deberán adoptar, en el ámbito de sus propios fueros o jurisdicciones, las acciones y protocolos correspondientes para mantener las medidas preventivas establecidas por las autoridades nacionales, provinciales y por la Corte y para la protección de la salud del personal.

Asimismo, deberán instar a que, con fin de formular presentaciones, se priorice el empleo de las herramientas digitales disponibles.