COVID - 19 - AFIP reglamentó la exención en el Impuesto a las Ganancias para los trabajadores de la salud
AFIP reglamentó la exención en el Impuesto a las Ganancias para los trabajadores de la salud
Mediante la Resolución General (AFIP) Nº 4752 publicada en el Boletín Oficial el 3 de julio de 2020 la AFIP reglamentó el procedimiento que deben seguir los agentes de retención del impuesto a las Ganancias que abonen remuneraciones a los trabajadores de la salud exentas en virtud del artículo 1º de la Ley Nº 27549.
La determinación del importe a retener o, en su caso, a reintegrar al sujeto beneficiario en oportunidad de cada pago efectuado a partir del 8 de junio de 2020 y durante el período de vigencia del beneficio establecido por la Ley Nº 27549, deberá realizarse de acuerdo con el artículo 7º de la Resolución General (AFIP) Nº 4003, sus modificatorias y complementarias.
En el caso que
corresponda reintegrar retenciones practicadas en exceso al beneficiario, la
devolución deberá efectuarse en la primera liquidación que se realice a partir
de la entrada en vigencia de la Ley Nº 27549.