COVID - 19 - Prohibición de Despidos y Suspensiones: prórroga - DNU 761/2020
Prohibición de Despidos y Suspensiones: prórroga
- DNU 761/2020
En
línea con lo que en su momento se dispuso por medio de los Decretos Nros.
329/2020; 487/2020 y 624/2020, la norma que comentamos mantiene la prohibición
de los despidos sin justa causa y por las causales de falta o
disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60)
días.
Del
mismo modo, lo hace respecto de las suspensiones por las causales de fuerza
mayor o falta o disminución de trabajo por idéntico plazo, quedando
exceptuadas de dicha prohibición las suspensiones concertadas en los términos
del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
En
tales condiciones y con fundamento en la Ley 27.541 y en el DNU 260/2020 se
disponen las mencionadas prórrogas, computables a partir del vencimiento del
plazo establecido por el Decreto N° 624/20, que operará el 30 de
septiembre próximo.
Por
tanto, las prohibiciones dispuestas regirán hasta el 30 de noviembre del año en
curso.
Asimismo
se dispone que, de tener lugar despidos y suspensiones en violación de lo
dispuesto en esta norma, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes
las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.
Se
declara, por último, que la norma no será aplicable a las contrataciones
celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.