COVID - 19 - Extensión de beneficios “ATP” y “Crédito Tasa Subsidiada”.
Extensión de beneficios “ATP” y “Crédito Tasa Subsidiada”.
El 29 de septiembre de 2020 se publicó en el
Boletín Oficial la Resolución General (AFIP) Nº 4824 que indica que
se podrá acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia
al Trabajo y la Producción - ATP”, desde el 28 de septiembre de 2020 hasta el 2
de octubre de 2020, ambas fechas inclusive, a los efectos de obtener –de así
corresponder- los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo
2º del Decreto N 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y
contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se
devenguen durante el mes de septiembre de 2020 y el beneficio de crédito a tasa
subsidiada para empresas previsto en el inciso e) del artículo 2º del citado
Decreto.