Defensa del Consumidor - Botón de baja
DEFENSA DEL
CONSUMIDOR
Botón de baja – Ampliación de los rubros de proveedores obligados
Mediante la Disposición Nº 184/2020, la Dirección Nacional de Defensa del
Consumidor y Arbitraje del Consumo amplió el listado de actividades económicas
cuyos proveedores deberán tener en su página web el hipervínculo mediante el
cual el consumidor podrá solicitar la baja del servicio contratado, de
conformidad con lo previsto por la Resolución Nº 316/2018 de la SCI.
Se incorporan las siguientes actividades:
(i) servicios de empresas de seguridad y alarmas; y
(ii) suscripción a donaciones periódicas con débito automático a organizaciones
no gubernamentales, entidades de bien público y fundaciones.
La medida entrará en vigencia en el plazo de 60 días corridos contados a partir
del 5 de noviembre de 2020.
Para acceder a la Disposición, haga clic aquí.
En caso de requerir mayor información, no dude en contactarse con Marcelo
den Toom, Adrián Furman, Francisco
Zappa y/o Florencia García Morato.