COVID - 19 - Prórroga de la Prohibición de Efectuar Despidos - Decreto 891/2020
Prórroga de la Prohibición de Efectuar Despidos - Decreto 891/2020
En el marco de la
emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa,
previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley
N° 27.541, y ampliada la emergencia sanitaria por medio del Decreto
N° 260, el Poder Ejecutivo ha decidido prorrogar nuevamente la prohibición
de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución
de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días.
Del mismo modo, y
por igual plazo, también ha prorrogado la prohibición para efectuar
suspensiones por causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.
Los días se cuentan
a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 761/20.
Se mantiene como
excepción de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del
artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Los despidos y las
suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en esta norma no
producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales
existentes y sus condiciones actuales.
La norma es
inaplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en
vigencia.